jueves, 7 de octubre de 2010

INFÓRMESE ANTES DE VENIR A EUROPA

Los abogados del Turno de Oficio de Extranjería nos encontramos con personas en situaciones complicadas: en comisarías por falta de autorización de residencia (papeles), en los Juzgados para evitar el ingreso en los Centros de internamiento y, la situación quizá más dura, en el aeropuerto en la sala de “inadmitidos”, también llamada “de rechazos”.
Para entendernos: “inadmitidos” o “rechazados” son aquellas personas que pretenden entrar en España, pero a quienes la policía de frontera les niega el paso. Estas personas, hasta que puedan ser retornados a sus lugares de procedencia, permanecen en las dependencias del aeropuerto a estos efectos, el “hotelito”.
Una vez retenido en el aeropuerto, se celebra una entrevista entre el extranjero y un agente de policía, en presencia de un abogado (normalmente de oficio) y un intérprete en su caso. La policía hace las preguntas estándar, como el motivo del viaje, el lugar de alojamiento, el dinero del que se dispone, a qué se dedica uno en su país, si tiene carta de invitación…
Los motivos para no permitir la entrada son muy variados. Como no podemos analizarlos todos, diremos que el más común (e hiriente) se produce cuando la policía no cree que el motivo sea el turismo. Da igual que la persona traiga dinero, que tenga un hotel reservado, que tenga amigos en España… Una vez retenida, difícilmente saldrá por otra puerta que no sea la del retorno.
Encontramos todo tipo de casos, algunos que nos llenan de rabia, de impotencia, de frustración. ¿Qué hacer con el señor que lleva años en España y solicita la autorización de residencia por arraigo, pero antes de recibir la respuesta y tener la tarjeta, se va a su país a hacer unas gestiones. Pues bien, a este señor no hay abogado que lo salve si a la vuelta a España es retenido en el aeropuerto. Lo mismo nos ocurre con los niños menores que vienen a visitar a su madre que vive en España cuando ya ha empezado el curso escolar en sus países y tienen un billete de vuelta para dentro de seis meses. Según los jueces se tratará siempre de una reagrupación encubierta. Consecuencia: vuelta a casa en el primer avión. Y si usted tiene visado para ir a Alemania, Francia o Italia, NO PASE POR MADRID. ¡No le van a dejar entrar ni seguir viaje!
No puedo evitar pensar en las personas que se han despedido de sus seres queridos en sus países, pero que en menos de 24 horas ya están otra vez en casa. Estarán cansados, avergonzados, frustrados, enfadados, desilusionados. Cuando son niños la pena evidentemente es aún mayor. ¿Se puede evitar este dolor? Sí, sí y sí: antes de venir a España, tienen que consultar, informarse, preguntar. No vengan así, sin más, que venir es duro, pero volver en el primer avión lo es aún más. Y ténganlo claro, en la grandísima mayoría de los casos, una vez retenido en el aeropuerto uno se va para su país. No hay abogado que lo salve, ni juez o agente con ganas de salvarlo.