miércoles, 9 de febrero de 2011

PROTECCIÓN DE LA MUJER MALTRATADA, CON O SIN PAPELES

Mucho se está hablando ya del nuevo Reglamento de Extranjería y de lo que va a suponer para las mujeres víctimas de violencia de género. Sin embargo, no todo es novedad, ya que con la normativa actual ya existe una protección para estas mujeres, y ya se procura que no sean expulsadas. En todo caso, es bueno conocer los derechos, y las consecuencias de poner una denuncia por malos tratos. Veamos los derechos de las mujeres maltratadas.

¿Se puede expulsar a una mujer víctima de malos tratos?
El nuevo Reglamento prevé que no se debe abrir un expediente de expulsión a la mujer víctima de malos tratos si ha denunciado, y si ya lo tiene abierto, se paralizará. Ahora bien, esta medida solo será vigente hasta que haya una resolución judicial o un informe del fiscal sobre la posible existencia de una situación de violencia de género. Mientras tanto, no se podrá expulsar a la mujer.

¿Se puede obtener la autorización de residencia?
Las mujeres que, tras haberse acreditado la situación de violencia de género, se encuentran en situación de irregularidad, podrán obtener provisionalmente la autorización de residencia y trabajo, una vez que hayan solicitado la autorización de residencia y trabajo. La autorización será vigente hasta que se conceda la autorización definitiva. Estas solicitudes deberán ser tratadas de forma preferente por las autoridades. Para acreditar la situación de malos tratos deben aportar la orden de protección o informe del fiscal.

¿Qué pasa con los hijos de la mujer maltratada?
La misma protección que se da a las mujeres maltratadas en situación de irregularidad se extiende a sus hijos, si son menores de edad y viven en España. Los hijos mayores de dieciséis años (pero menores de dieciocho) podrán obtener igualmente autorización de trabajo.

¿Puede retirar la denuncia?
No, las denuncias por malos tratos no se pueden retirar. Una vez puesta la denuncia, el procedimiento seguirá hacia delante. Si además de la declaración de la victima, hay pruebas (como un informe médico o testigos) sobre la existencia de una situación de malos tratos, es muy probable que se condene al hombre, y nada se podrá hacer para quitar esta condena.

¿Puede mi marido renovar o solicitar la autorización de residencia tras haber sido condenado por malos tratos?
Uno de los requisitos para la primera solicitud de autorización de residencia y para la renovación es carecer de antecedentes penales. Si se condena a un hombre por violencia de género ya no cumple este requisito, y no podrá renovar o solicitar la autorización de residencia por arraigo. Acabará en situación de irregularidad, y podrá ser expulsado por este motivo del país. El perdón de la mujer no podrá remediarlo.

¿Pueden condenar a mi marido con la expulsión?
La expulsión como tal no es condena, pero según las penas y la situación del penado puede el juez decidir que el penado (el hombre condenado por violencia de genero) en lugar de cumplir condena en prisión sea expulsado de España. En estos casos también se impondrá al hombre una prohibición de entrada durante los años que el juez dicte.