lunes, 24 de septiembre de 2012

LA IMPORTANCIA DE RECURRIR PARA CONSEGUIR DERECHOS





OTRO JUICIO GANADO EN APELACIÓN.
Estar en situación irregular o tener antecedentes no es suficiente para justificar una expulsión.

Sentencia dictada por el TSJ de Madrid, con estimación del recurso de apelación. Esto se debe principalmente a la nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre la proporcionalidad en la imposición de sanciones en materia de extranjería. La imposición de una sanción de expulsión por parte de la Administración no puede justificarse únicamente con la mera permanencia ilegal en España, sino que requiere otras razones de mayor fuerza para justificar la adopción de esta sanción, como por ejemplo, la existencia datos negativos sobre la conducta del interesado.

Además, en el caso de existir suficientes razones para justificar la sanción de expulsión, éstas deben haber sido especificadas y mencionadas en la propia resolución sancionadora, que en el caso contrario, se consideraría como una resolución administrativa inmotivada.

Por otro lado, la mera existencia de antecedentes policiales o actuaciones judiciales contra el interesado no es suficiente para decretar la expulsión. En el caso de que la Administración quisiera adoptar esta sanción a base de esta circunstancia, entonces habría que averiguar primero el resultado de estos antecedentes y dejarlo en constancia en el expediente administrativo.

miércoles, 5 de septiembre de 2012

DEROGADA LA INSTRUCCIÓN SOBRE INFORMES DE ESFUERZO DE LOS EXTRANJEROS.




En diciembre de 2011 entró en vigor una Instrucción de la Dirección General de Inmigración que obligaba a los ciudadanos extranjeros a obtener un informe positivo de su Comunidad Autónoma donde certificase que había asistido a distintas acciones formativas que aconsejaban la renovación de su tarjeta.

Esto se ha estado aplicando para las renovaciones por cuenta ajena, por cuenta propia e incluso las renovaciones por reagrupación familiar.

Es decir, el extranjero que pretendía renovar, no sólo tenía que estar dado de alta en Seguridad Social, cotizar, no estar en el paro y cumplir los requisitos estrablecidos en la Ley de Extranjería, sino que además, necesitaba asistir a cursos para continuar en situación regular.

Seis meses después de esta idea, La Secretaría General valora los resultados y ha comprobado que no se han cumplido los “objetivos” marcados, que no ha habido homogeneidad ni clarificación y que las Administraciones no sabían ni cómo aplicar esta instrucción.

Con las mismas, se ha dictado otra Instrucción en julio de 2012 por la que deroga la anteriormente citada sobre “informes sobre esfuerzo de integración”

Y los extranjeros que tuvieron que someterse a estos informes?? Hubo alguno que no pudo renovar por no conseguir el certificado positivo?? Qué hará ahora cuando la propia Administración reconoce que no era efectiva esa medida??
Cuál será la próxima idea?? No es suficiente con cumplir los requisitos legales y establecidos en la Ley?? Cuánto dinero ha costado este experimento??