lunes, 25 de abril de 2011

Nuevo Reglamento de Extranjería

¿Cómo solicito el visado de estudiante para el nuevo reglamento de extranjería?

Se siguen prácticamente las mismas condiciones para obtener el visado de estudios en España: tener garantizados los medios económicos para él y para sus familiares si viajasen con él, contar con un seguro médico privado de enfermedad, haber sido admitido en un centro de enseñanza reconocido…la novedad se establece en que dentro de esta categoría se incluyen ahora la prestación de un servicio de VOLUNTARIADO dentro de un programa que persiga objetivos de interés general.

martes, 12 de abril de 2011

¿Cómo cobrar las pensiones de alimentos desde el extranjero?

Desde hace unas décadas, las familias se han visto afectadas por la globalización: hay más parejas internacionales, y más inmigración que hace que a veces los niños no viven con los padres o con solo uno de ellos. Mientras las relaciones entre los padres son buenas, no suele haber mayor problema para los hijos, pero cuando los padres se llevan mal o se divorcian, pueden empezar también los problemas para los menores. Y un problema bastante común es que uno de los dos padres no cumple con sus obligaciones de pagar la pensión de alimentos al padre con quien viven los hijos (muchas veces la madre). Si esto en una situación nacional (con toda familia viviendo en un mismo país) ya puede ser difícil, si estamos ante situaciones internacionales la cosa se complica aún más. El niño está de suerte si el padre deudor de los alimentos vive en uno de los países de la Unión Europea. En estos casos, se debe recurrir a los procedimientos de ejecución previstos por la Unión Europea, que ya funcionan razonablemente bien. Pero si el deudor vive fuera de la Unión Europea, la situación era más compleja, era, porque en junio de 2011 entra en vigor un nuevo Convenio. Este Convenio, firmado por la Unión Europea y terceros países, prevé la cooperación entre las autoridades de los países implicados para llevar a cabo la ejecución de las pensiones alimenticias. Así, los deudores no podrán evitar el pago con tal de salir de los países comunitarios. Gracias a este Convenio, contaremos con una nueva medida de protección para los menores, ya que se va a poder garantizar que los hijos reciban la ayuda económica sin que el lugar de residencia del padre sea obstáculo para el cobro. Igualmente se prevé en el Convenio que los países implicados faciliten la asistencia jurídica gratuita, para que falta de dinero no pueda ser motivo de no recurrir a los tribunales para conseguir que se haga justicia y que el menor reciba la ayuda económica a la que tiene derecho. Lo que falta ahora es que muchos países firmen el Convenio, para que sea de aplicación en el mayor número de países posible. De momento, el Convenio ha sido firmado por los Estados Unidos, Noruega y Ucrania, además de la Unión Europea.